DIARIOVASCO.COM --Especial | Declaración de la renta 2005--
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PDG Asesores Legales y Tributarios responde a todas tus preguntas sobre la declaración de la renta relativa al ejercicio 2005.

Llega el momento de hacer la declaración y como cada año, las dudas nos asaltan. ¿Podré desgravar la compra del coche? ¿Tengo que hacerla si mis ingresos son inferiores al mínimo establecido?

PDG Asesores Legales y Tributarios pone a nuestra disposición toda su experiencia y conocimiento para resolver las dudas que puedas tener.

Para obtener respuesta, no tienes más que enviar tu consulta a:
contactanos@diariovasco.com

Cada semana se seleccionarán las preguntas más interesantes y serán contestadas en esta misma página.

Destacamos a continuación las preguntas más interesantes de esta semana:


Deducción por alquiler
El consultante pregunta si el arrendatario puede beneficiarse de alguna deducción por alquiler de vivienda, si tiene derecho a la devolución de la retención de los dividendos y si pueden sumar ambos conceptos.
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Aportación a una EPSV

La consultante percibe una renta anual de 6.132 euros. Quiere saber cuánto puede rescatar al año de una EPSV a la que ha ido efectuando diferentes aportaciones, sin quedar obligada a presentar declaración del I.R.P.F.
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Indemnización por despido
La consultante va a percibir una indemnización por despido. Desea conocer si este concepto forma parte de los rendimientos laborales, y si de la cantidad que le satisfagan por el despido, le detraerán algún tipo de retención a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Lee la respuesta


Advertencia: las respuestas ofrecidas por PDG Asesores Legales y Tributarios se ajustan a supuestos muy específicos y por lo tanto pueden no resultar aplicables a otros casos similares aunque a primera vista pudiera parecer que sí, ya que en las mismas no se relacionan todas las excepciones o puntualizaciones establecidas por la normativa. Las contestaciones a las consultas planteadas se realizan en función de la normativa aplicable a efectos de presentar la declaración de IRPF correspondiente al ejercicio 2005 y pueden no resultar de aplicación para otros ejercicios.

 
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