Quiero denunciar la pasividad de la justicia de Guipúzcoa en relación a unos hechos que afectan a mi hijo y mi nieto.
Mi hijo Pedro está actualmente en el Centro Penitenciario de San Sebastián desde Agosto del 2009 por un robo de un jamón y una bolsa de comida de un coche en el año 2005. Se presento un recurso contra el ingreso pero fue desestimado por el juzgado de lo penal nº 2 de San Sebastián, ya que el abogado de mi hijo en el juicio no había puesto de manifiesto que entonces era drogodependiente. Yo interpreto que está en la cárcel porque un abogado no hizo bien su trabajo y porque a la condena en firme del robo le siguió muy poco después la condena firme por violencia de género.
En Agosto 2006 nació Iker fruto de la relación en pareja de mi hijo con Elena, su pareja.
En Julio 2007 Elena con la ayuda de sus padres abandona a Pedro, se va a casa de sus padres y denuncia a Pedro por malos tratos y drogodependencia. Pedro y Elena Vivian en una casa en Beovie que habían adquirido en el 2006.Pedro se queda en la casa de Beovie.
En el Agosto 2007 en un encuentro fortuito de Elena y Pedro , éste le pidió ver a Iker a lo que Elena se negó .Pedro insulto a Elena e intervino la policía Vasca que estaba cerca del lugar. El Juzgado de instrucción nº 4 de Irún le impuso una orden de alejamiento de dos años.
En Octubre 2007 se ve el juicio para la separación de Pedro y Elena en Bayona. La sentencia fija la patria potestad compartida y custodia de Iker para Elena con visitas de Pedro a Iker en el PEF de Irun que gestiona Kidetza.
Desde el Juicio de Bayona Elena acosa a Pedro con visitas y llamadas telefónicas , llego a pasar la navidad del 2007 en casa de Pedro , y lo alterna con denuncias por quebrantamiento de orden de alejamiento , tres en total una por llamadas telefónicas ,otra por mandarle sms y otra por pasar por delante de su trabajo. De la primera quedo absuelto, de la segunda tiene una condena de 6 meses y de la tercera ya van dos convocatorias a las que Elena no se presenta esgrimiendo algún motivo o simplemente no se presenta. Aún está pendiente la tercera vista.
En febrero del 2008 Pedro deja la casa de Beovie y se instala en Renteria.
A continuación Elena se instala en el piso de Beovie y sin ninguna causa o razón corta todas las relaciones con sus abuelos paternos , no permitiendo las visitas a Iker.
Desde ese momento hemos aprovechado las visitas de Pedro e Iker en el PEF de Irún para poder ver a Iker.
A finales del 2008 se presenta una demanda en Irún pidiendo la anulación del Juicio de Bayona ya que su proceso no se ajusto a la ley Española que exige la asistencia de un fiscal cuando hay un menor en el proceso de separación. En marzo del 2009 tuvo lugar la vista en la que el Fiscal pidió la anulación del juicio de Bayona y en Elena se mostro de acuerdo con el cambio de visitas si Pedro demostraba su no drogodependencia. Aunque se demostró la no drogodependencia de Pedro la Juez dicto cosa juzgada y desestimo la demanda. Se recurrió el fallo a la Audiencia Provincial de Guipúzcoa que fijo la revisión para el 21 de Diciembre del 2009.
En Septiembre del 2009 Pedro inicio una huelga de hambre que duro 30 días en protesta por no ver a Iker.
En Noviembre del 2009 se presenta una petición en el Juzgado nº 4 de Irún para que Iker pueda visitar a su padre en la cárcel en base al decreto Ley 124/2008, articulo 5e que ampara este tipo de situaciones como cuando en este caso el padre está en la cárcel.El juzgado nº 4 de Irún disponía de dos cartas de Kidetza recomendando las vistas de Iker a su padre a Martutene.
También en el mes de Noviembre presentamos una demanda para obtener las visitas a nuestro nieto que por ley nos corresponde como abuelos. Ha sido admitida a trámite y sigue su curso.
La espiral de la incompetencia o del absurdo se produce cuando:
El juzgado nº 4 de Irún desestima la petición de que Iker visite a su padre en la cárcel hasta que la Audiencia Provincial no resuelva sobre la anulación del juicio de Bayona.No tiene nada que ver una cosa con la otra
La Audiencia Provincial desestima la demanda para la anulación del juicio de Bayona porque existe una petición de la abogada de Elena efectuada unos días antes del juicio de marzo del 2008 , solicitando la homologación en España del Juicio de Bayona y la audiencia dice que primero se ha de resolver esta homologación.
Y “euraka” ,la petición de la homologación de Juicio en España no figura en ningún registro de ningún juzgado de Guipúzcoa.
Consecuencia , dos años perdidos en tramites burrocráticos y lo más grave Iker de tres años y medio no ve a su padre desde hace 6 meses , en condiciones normales Pedro saldrá en junio de este año de Martutene y serán 9 meses sin ver a su hijo , sin saber a qué colegio va,que educación recibe y si saber con quién vive y donde vive.Es decir Elena no ha cumplido ni un solo extremo de la sentencia de Bayona relativo a la patria potestad y lo más grave es que a nadie de la judicatura , defensor del pueblo,Fiscalia, etc. ,le preocupa lo mas mínimo que un niño de tres años vea o no a su padre o si vive en condiciones y entorno adecuado.
A todo esto he de añadir algunas coincidencias muy sospechosas como son:
1.Que la policía vaya a buscar a Pedro a su casa para ingresar en prisión en Agosto 2009 una semana después de que la orden de alejamiento hubiera cumplido su plazo y habiendo un recurso sin resolver encima de alguna mesa de algún funcionario.
2.Que la Juez del juzgado nº 4 de Irún dicte sentencia sin esperar a que se demuestre la no drogodependencia de Pedro ,tal como se quedo en el juicio de Marzo 2009.
3.Que la Audiencia Provincial tarde 9 meses en revisar el recurso contra el Juicio de Marzo 2009 y luego lo desestime alegando que antes se debe de resolver una homologación del Juicio de Bayona en España presentada por la abogada de Elena. Es decir se apoya en un petición de homologación y sin embargo en la propia Audiencia no encuentran donde está registrada dicha petición.
4.Que el Juzgado nº 4 de Irún desestime la petición de las visitas de Iker a su padre basándose en el fallo pendiente de la Audiencia Provincial sobre un recurso que no tiene nada que ver con la petición realizada. Precisamente a fecha de hoy lo único válido para las vistas de Iker a su padre es la sentencia de Bayona , nada mas.Por lo tanto si esas visitas se estaban produciendo en el PEF de Irún por derivación judicial se debería de haber aplicado sin más el Decreto Ley 124/2008 , teniendo en cuenta que Kidetza recomendaba dichas vistas.
De todo cuanto he redactado dispongo de los justificantes sobre las sentencias,listado de llamadas de Elena a Pedro, etc. Y de todas las comunicaciones con diferentes estamentos ,Kidetza,Defensor del Pueblo,Fiscalia,etc.
Para nosotros está muy claro que lo primero y fundamental en esta historia es el bienestar de Iker y entendemos que en la situación actual es el gran olvidado, y no pasa nada.
Por otro lado está la desesperación de un padre que ve como tema tras tema solo recibe un no y otro no. Que sus esfuerzos por rehabilitarse no han servido para nada y que probablemente se encuentre con un hijo que en el mejor de los casos no le conocerá, y no pasa nada.
Y por último la impotencia de unos abuelos que ven como después de dos años y medio no solo no ha cambiado nada sino que se nos niegan todos los derechos como abuelos y no pasa nada.
Sería muy importante que Iker pudiera ver a su padre y es el tema según mi opinión más urgente.
Está claro que aunque no haya hablado en particular de Elena hay una historia muy preocupante sobre todo por las consecuencias sobre Iker y desgraciadamente pase lo que pase nadie pedirá explicaciones a todos estos jueces que toman decisiones como mínimo cuestionables por su forma y su fondo y sin importarles verdaderamente el menor.
Usted es mi último recurso para dar , a través de su periódico , la publicidad a este asunto y conseguir que todos los Juzgados que intervienen en este proceso hagan su trabajo y lo resuelvan de forma coherente y no pasándose la pelota de unos a otros instalándose en la espiral de la incompetencia.
Por último le quedaría muy agradecido si me concediera una entrevista con usted para poder ampliar detalles de todo este caso al objeto de que pudiera tener una idea más clara y transparente de la situación. Al pie de esta carta encontrara mis datos personales.
Me despido de usted dándole las gracias por anticipado y esperando una pronta respuesta.


